CARTA DE CONVIVENCIA
Estimados padres o tutores:
Como
directora de este centro me veo en la obligación y creo que es mi
responsabilidad informarles de los derechos y deberes que les corresponden a
ustedes y sus hijos como pertenecientes a este centro.
Este centro está situado en la localidad de Méntrida
perteneciente a la comunidad de Castilla – La Mancha y lindando con la
comunidad de Madrid. El centro es de carácter público por lo que sus
características formales se recogen en el decreto67/2007, por el que se establece
y ordena el currículo del segundo ciclo de la educación infantil en la comunidad autónoma de
Castilla-La Mancha.
A continuación les proporcionamos la información sobre los
derechos y deberes que les atañen a ustedes y sus hijos.
Derechos:
Según la Constitución
Española de 1978
Derecho a la producción y creación literaria, artística,
científica y técnica.
Derecho a la libertad de cátedra.
Artículo
27.
1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad
de enseñanza.
3. Los poderes públicos garantizan el derecho que
asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que
esté de acuerdo con sus propias convicciones.
4. La enseñanza básica es
obligatoria y gratuita.6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la
libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios
constitucionales.
8. Los poderes públicos
inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el
cumplimiento de las leyes.
9. Los poderes públicos
ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley
establezca.
10. Se reconoce la autonomía
de las Universidades, en los términos que la ley establezca.
Artículo 48.
Los poderes públicos
promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud
en el desarrollo político, social, económico y cultural.
Artículo
9: Derecho a la identidad.
Artículo
10: Prevención y atención ante los malos tratos y la explotación
Artículo
11: Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.
Artículo
12: Derecho a la información.
Artículo
13: Libertad de ideología.
Artículo 14: Derecho a la
participación y asociación.
Artículo 15: Derecho a ser oído.
Artículo 16: Derecho a la
protección de la salud.
Artículo 17: Derecho a la
educación.
Artículo 18: Derecho a la cultura
y el ocio.
Artículo 19: Derecho al medio
ambiente.
Artículo 20: Derecho a la
integración social.
Según la LOE.
Artículo 4: Los alumnos tendrán
derecho a permanecer en régimen
ordinario cursando la enseñanza básica hasta los dieciocho años de edad.
Artículo 5: Todas las personas deben
tener la posibilidad de formarse a lo
largo de la vida.
Artículo 15: El segundo ciclo de la educación infantil será gratuito.
Artículo 28: El alumno podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos
veces como máximo dentro de la etapa.
Artículo 83: los estudiantes con
condiciones socioeconómicas desfavorables tendrán derecho a obtener
becas y ayudas al estudio.
Artículo 86: Las familias podrán
presentar al centro en
que deseen escolarizar a sus hijos las solicitudes de admisión, que, en
todo caso, deberán ser tramitadas.
Se reconocen a los alumnos los
siguientes derechos básicos:
- A que se respeten su identidad, integridad y dignidad personales.
- A que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos
con objetividad.
- A la protección
contra toda agresión
física o moral.
- A recibir orientación educativa y profesional.
Según LEY 1/1996, DE 15 ENERO, DE
PROTECCIÓN JURÍDICA DEL MENOR.
Artículo 3: Referencia
instrumentos Internacionales (los menores gozarán de los derechos que les
reconoce la Constitución y los Tratado Internacionales de los que España sea
porte).
Artículo 4: Derecho al
honor a la intimidad y a la propia imagen.
Artículo 5: Derecho a
la información.
Artículo 6: Libertad
ideológica.
Artículo 7: Derecho de
participación, asociación y reunión.
Artículo 8: Derecho a
la libertad de expresión.
Artículo 9: Derecho a
ser oído.
Según el Decreto
de Convivencia de Castilla – La Mancha.
Derechos
de los alumnos:
-
A recibir una formación que
asegure el pleno desarrollo de nuestra personalidad.
-
A que nuestro rendimiento
escolar sea evaluado con plena objetividad.
-
A reunirse en el centro.
-
A participar en la vida del centro.
-
A utilizar las instalaciones del centro con finalidad educativa.
-
A la igualdad de oportunidades.
-
Garantía en el ejercicio de sus derechos.
Derechos de los
profesores:
-
A participar en los órganos del centro.
-
A desempeñar con libertad su función docente.
-
A participar en la vida del centro y en la gestión de la convivencia
escolar.
Derecho
de los padres:
-
A que sus hijos o tutelados reciban una educación con las máximas
garantías de calidad.
-
A escoger centro docente para sus hijos.
-
A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a l orientación
académica y profesional de sus hijos.
LEY DEL MENOR DE CASTILLA Y LA MANCHA:
Ley 3/1999, de 31 de
marzo, del Menor de Castilla-La Mancha.
Deberes
1.
La Administración Autonómica promoverá la realización de acciones dirigidas a
los menores para fomentar en éstos actitudes que contribuyan a su participación
en el desarrollo de toda a vida familiar sin distinción de sexo, conforme a su
edad, madurez y circunstancias.
2.
Los menores deberán mantener un comportamiento cívico acorde con las exigencias
mínimas de convivencia de la sociedad, basadas en la tolerancia y en el respeto
a los derechos de los demás.
LEY 1/1996, DE 15 ENERO, DE
PROTECCIÓN JURÍDICA DEL MENOR.
ACTUACIONES EN
SITUACIONES DE DESPROTECIÓN SOCIAL DEL MENOR (DEBERES)
Artículo 12.
Actuaciones de protección.
Artículo 13.
Obligaciones de los ciudadanos y deberes de reserva.
Artículo 14.
Atención inmediata.
Artículo 15. Principio
de colaboración.
Artículo 16. Evaluación
de la situación.
Artículo 17. Actuaciones
en situación de riesgo.
Artículo 18. Actuaciones
en situación de desamparo.
Artículo 19.
Guarda de menores.
Artículo 20. Acogimiento
familiar.
Artículo 21. Servicios
especializados.
Artículo 22. Información
a los familiares.
Decreto de Convivencia de Castilla- La Mancha:
DEBERES DE LOS ALUMNOS
- Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus
capacidades.
-Asistir a clase con
puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo del
currículo.
- Cumplir y respetar los
horarios aprobados para el desarrollo de
las actividades del centro.
-Seguir las orientaciones del
profesorado respecto de su aprendizaje y
mostrarle el debido respeto y
consideración.
-Respetar el ejercicio del
derecho al estudio de sus compañeros.
- Participar y colaborar en la
mejora de la convivencia escolar.
-Respetar la libertad de
conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad, integridad e
intimidad de todos los miembros de la
comunidad educativa.
- Respetar las normas de
organización, de funcionamiento y de convivencia del centro.
-Conservar y hacer un buen uso
de las instalaciones del centro y materiales didácticos.
-Reconocimiento y colaboración
con otros miembros de la comunidad educativa.
DEBERES DE LOS PROFESORES
-Ejercer sus funciones de
acuerdo a la legislación vigente, al
Proyecto educativo de centro, a los proyectos curriculares de etapa y a lo previsto en el Reglamento de
régimen interior del centro.
- Respetar la libertad de
conciencia, las convicciones religiosas y morales, la dignidad, integridad e
intimidad de todos los miembros de la
comunidad educativa.
- Favorecer un clima de
convivencia y respeto en la comunidad educativa.
-Informar a la comunidad
educativa de las normas de convivencia y de las medidas correctoras aplicadas a
los alumnos por conductas contrarias a la convivencia del centro.
- Velar por el cumplimiento de
las normas de convivencia y contribuir a la mejora de la convivencia escolar.
-Velar por la utilización de
los recursos con responsabilidad y de forma sostenible.
- Cualquier otro deber
contemplado en la legislación vigente.
DEBERES DE LOS PADRES
-Conocer, participar y apoyar
la evolución de su proceso educativo, en colaboración con el
profesorado y el centro.
- Contribuir a la mejora de la
convivencia escolar, respetando las normas establecidas por el centro y
procurando que sus hijos o tutelados las cumplan.
- Colaborar en todos aquellos
aspectos relacionados con la convivencia
escolar y en la aplicación y cumplimiento de las medidas educativas de
corrección de conductas que afecten a sus hijos o tutelados.
- Adoptar las medidas
necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para
que sus hijos o tutelados cursen los niveles obligatorios de la educación y
asistan regularmente a clase.
-Proporcionarles, en la medida
de sus posibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el
progreso escolar.
- Estimularlos para que lleven a cabo las actividades de
estudio que se les encomienden.
-Participar de manera activa
en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos
que los centros establezcan con las familias, para mejorar el proceso educativo
y el rendimiento de sus hijos o tutelados.
- Fomentar el respeto por
todos los miembros de la comunidad educativa.
- Respetar la libertad de
conciencia, las convicciones religiosas y morales, la dignidad, integridad e
intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
DEBERES DEL PERSONAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
-Ejercer sus funciones de
acuerdo con las obligaciones del puesto que desempeña, la legislación vigente y
con lo previsto en el Reglamento de régimen interior del centro.
- Atender y seguir las
instrucciones del director o, en su caso, del secretario del centro en el
ejercicio de sus funciones.
- Contribuir a la consecución
de los objetivos educativos del centro y, especialmente, de los relativos a la
convivencia.
-Contribuir a la utilización
de los recursos con responsabilidad y de forma sostenible.
- Respetar la libertad de conciencia, las convicciones
religiosas y morales, la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros
de la comunidad educativa.
- Cualquier otro deber
contemplado en la legislación vigente.
DEBERES
Son deberes básicos
de los alumnos:
- Estudiar y
esforzarse para
conseguir el máximo desarrollo según sus
capacidades.
- Participar en las actividades formativas y,
especialmente, en
las escolares y
complementarias.
- Seguir las
directrices del profesorado.
- Asistir a clase con puntualidad.
- Participar y colaborar en
la mejora de
la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus
compa- ñeros a la educación y
la autoridad y orientaciones del
profesorado.
- Respetar
la libertad de conciencia, las convicciones religiosas
y morales, y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
- Respetar
las normas de
organización, convivencia y disciplina del
centro educativo.
- Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales didácticos.
- Para quienes no puedan asistir de
modo regular a los
centros
docentes, se desarrollará una oferta
adecuada de educación a distancia o, en su
caso, de apoyo y atención educativa específica.
- El sistema educativo tiene como
principio básico propiciar la educación permanente.
DEBERES DEL GOBIERNO:
- El Gobierno establecerá las
características básicas de la prueba de acceso a la universidad, previa
consulta a las Comunidades Autónomas, e
informe previo del Consejo de
Coordinación Universitaria.
-El Estado promoverá acciones
destinadas a favorecer que todos los
alumnos puedan elegir las opciones educativas que deseen con independencia de su lugar de residencia, de acuerdo con
los requisitos académicos
establecidos en cada caso.
- El Gobierno, previa consulta
a las Comunidades Autónomas, establecerá la estructura de las
modalidades, las materias
específicas de cada modalidad y el
número de estas materias que deben cursar los alumnos.
- El Gobierno regulará el régimen de
convalidaciones entre estudios
universitarios y estudios de formación
pro- Las Administraciones públicas
promoverán un incremento
progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo.
- El Gobierno establecerá las
titulaciones correspondientes a los estudios de
enseñanzas deportivas.
- El Gobierno regulará el régimen de convalidaciones entre estu-
dios universitarios y estudios de enseñanzas deportivas de grado superior.
DEBERES DE LOS CENTROS:
- Cuando la oferta de materias en
un centro quede limitada por razones organizativas, las Administraciones educativas facilitarán que los
alumnos puedan cursar alguna materia en otros centros o
mediante la modalidad de educación a distancia.
- Al finalizar el segundo ciclo de la educación primaria
todos los centros realizarán una
evaluación de diagnóstico de las
competencias básicas alcanzadas por sus alumnos.
- Los centros podrán ofrecer
el primer ciclo de educación infantil, el segundo o ambos.
- Cuando no existan plazas
suficientes, el proceso de admisión
se regirá por los
criterios prioritarios de
existencia de hermanos
matriculados en el
centro o padres o tutores legales
que trabajen en el mismo, proximidad del
domicilio o del lugar de trabajo de alguno de sus padres o tutores
legales, rentas anuales de la unidad familiar.
- En ningún caso habrá
discriminación por razón de nacimiento,
raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición
o circunstancia personal o social.
- Los centros
públicos adscritos a otros
centros públicos, que impartan etapas diferentes, se considerarán
centros únicos a efectos de aplicación
de los criterios de admisión del
alumnado establecidos.
DEBERES DE LOS PROFESORES:
- Las Administraciones educativas
regularán la admisión de alumnos
en centros públicos y privados concertados de tal forma que garantice el
derecho a la educación, el acceso en
condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro por
padres o tutores.
- Para impartir las enseñanzas de
educación prima- ria será necesario tener el título de Maestro de educación primaria o el
título de Grado equivalente.
- La atención educativa
directa a los niños del primer ciclo
de educación infantil correrá a
cargo de profesionales que posean el título
de Maestro con la
especialización en educación
infantil o el
título de Grado con
la debida titulación.
- Para impartir las enseñanzas
de educación secundaria obligatoria y de
bachillerato será necesario tener el título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, o el
título de Grado equivalente, además de
la formación pedagógica y didáctica de nivel de Postgrado.
- Para impartir enseñanzas de formación profesional
se exigirán los mismos requisitos de titulación y formación para la educación secundaria obligatoria y el
bachillerato, sin perjuicio de la habilitación de otras titulaciones.
DEBERES DE LAS ADMINISTRACIONES EDUCATIVAS:
- Corresponde a las
Administraciones educativas
programar la oferta de
las enseñanzas de formación
profesional, con respeto a los derechos reconocidos.
- Las Administraciones
educativas y las universidades organizarán la prueba de acceso.
- Administraciones
educativas facilitar a alumnos y
profesores de otras Comunidades Autónomas el acceso a
sus instalaciones con valor educativo y la utilización de sus recursos.
- Corresponde a
las Administraciones educativas facilitar el intercambio de información y
la difusión de buenas prácticas
educativas o de gestión de los centros docentes, a fin de contribuir a la
mejora de la calidad de la educación.
- Las Administraciones educativas proporcionarán los datos necesarios para la elaboración de las estadísticas educativas
nacionales e internacionales que corresponde efectuar al
Estado.
- Para garantizar el acceso
universal y permanente al aprendizaje,
las diferentes Administraciones públicas identificarán
nuevas competencias y facilitarán la formación requerida para su adquisición.
- Asimismo, corresponde a
las Administraciones públicas
promover, ofertas de aprendizaje
flexibles que permitan la adquisición de competencias básicas y, en su caso,
las correspondientes titulaciones,
a aquellos jóvenes y adultos que
abandonaron el sistema educativo sin ninguna titulación.
- El sistema educativo debe
facilitar y las Adminis- traciones públicas deben promover que toda la
población llegue a alcanzar una formación de educación secundaria
postobligatoria o equivalente.
- Les corresponde facilitar el acceso de los
profesores a titulaciones que permitan la movilidad entre las distintas
enseñanzas.
- Adoptar las medidas oportunas para garantizar la debida protección y asistencia jurídica del profesorado.
- El reconocimiento de la
labor del profesorado.
- El reconocimiento del trabajo de
los profesores que impartan
clases de su materia en
una lengua extranjera en los
centros bilingües.
- La reducción de jornada
lectiva de aquellos profesores mayores de
55 años que lo soliciten, con la correspondiente disminución
proporcional de las retribuciones.
- Administraciones educativas
elaborarán planes para la
evaluación de la función docente, con la participación del profesorado.
Juegos:
SEMANA CULTURAL 2012. COLEGIO PÚBLICO DE
MÉTRIDA.
Para completar esta jornada de
actividades de la Semana Cultural 2012 realizaremos durante todo el día una
serie de actividades con las que los niños tomen contacto y empiecen a entender
los derechos y deberes de los que disponen en su calidad de estudiantes.
Previamente a la realización de las actividades se les explicará a los niños
qué es un derecho y un deber, cosas básicas que necesitan para entender el
porqué de la realización de esta actividad.
Actividades:
La
primera de las actividades consiste en que a los niños se les va a decir unas
frases que tienen relación con ciertos
derechos y en las cuales tienen que pegar una pegatina con una cara sonriente
si creen que es correcta y una pegatina con una cara triste en el caso
contrario. Las frases pueden ser:
• Es mejor quedarse callado para no
equivocarse en público.
• Mientras los niños juegan al fútbol
las niñas juegan a las muñecas.
• El papá manda a la mamá porque es el
jefe del hogar.
• Todos los niños y niñas se merecen
el mismo trato.
• Los pobres merecen mejor trato que
los ricos.
• Es importante que el primer hijo se
llame igual que su padre.
Cuando los niños ya tengan pegadas todas las
pegatinas donde crean que es lo correspondiente les podemos preguntar el porqué
piensan que esas frases son o no correctas.
El
segundo juego que podemos llevar a cabo lo hemos nombrado como “Buscar a tu
pareja” y consiste en que cada niño elige un compañero, después les separamos y
les vendamos los ojos; con los ojos vendados tienen que encontrar a su
compañero. Este juego sirve para reflexionar sobre el derecho a
recibir especial amor, cuidado y educación cuando tenemos dificultad para ver,
oír, hablar, comunicarnos o expresarnos.
El
siguiente juego consistirá en que por azar se hacen parejas y cada niño debe decir algo bueno de su
compañero logrando aplicar el derecho a vivir en paz y hermandad con todos los
niños y niñas de todos los países.
Estos
tres juegos se programan para que terminen aproximadamente a la hora que tienen
que salir al patio. Después del recreo seguimos con las actividades.
La
siguiente actividad consistirá en que entre todos eligen un derecho y un niño/a
comienza diciendo una palabra que se relacione con ese derecho, el
siguiente dice otra palabra que también se relacione, pero que no se repita.
Siguen en cadena de palabras hasta que alguno ya no tenga algo que decir,
finalmente cambian de derecho y empieza otra vez la cadena de palabras. Por
ejemplo: “El derecho a estudiar y jugar”
…libros…pelota…escuela…profesor…recreo, etc.
Después
les podemos narrar una historia con marionetas por ejemplo en donde queden
explícitos algunos de los derechos más importantes como el derecho a la vida, a
la educación,… este cuento puede ser divertido y les puede dar a entender los
derechos al ponerlos en la práctica en una historia.
A continuación y para terminar, cada niño debe
decir en alto tres cosas por las que es feliz y hacer un dibujo con un recuerdo
que haya sido bueno para él.
Con
estas actividades se pretende que los niños entiendan sus derechos y deberes, y los pongan en práctica.
Trabajo
realizado por:
-
Clara Clemente Urraca.
-
Gema Piñeiro Fernández-Puebla.
-
Verónica Parejo Pardo.
-
Patricia Jiménez Vallejo.
-
María de la Cruz Navas.
-
Gema Tenorio Sánchez-Escalonilla.
-
Eva Martín Delgado.
-Magisterio de
Educación Infantil 1ºB.
-Profesor: Daniel
Rodríguez.